31 Jul 2013 | 10:31h
Primer fallo a favor de un preferentista que sufrió las quitas del canje
Novagalicia tendrá que devolver 11.299 euros a un matrimonio cliente de Burela al que Caixanova vendió en 2003 obligaciones subordinadas por valor de 78.000 euros sin que tuviesen conocimiento del producto y en la confianza de que lo que habían contratado era un depósito de "alta remuneración".
El juzgado de Primera Instancia número 6 de A Coruña acaba de dictar la primera sentencia conocida en Galicia que anula el contrato, después de que sus titulares acudiesen al canje por acciones y al proceso para obtener liquidez del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y recuperasen parte de su dinero. Los 11.299 euros que NCG tendrá que reintegrar se corresponden de hecho con la quita sufrida.
El matrimonio, que vendió parte de los productos híbridos (27.600 euros) llegó a finales de junio con 50.000 euros atrapados. La entidad les aplicó la quita impuesta para canjearle el producto por acciones que una vez fueron adquiridas el sufrieron un nuevo descuento y se quedaron en 38.700 euros que la pareja recuperó el pasado día 19.
La sentencia anula el contrato por vicio en el consentimiento y lo considera un exponente de "mala praxis bancaria". Advierte además de que al menos dos de las firmas que figuran en la documentación no se corresponden con las de los ahorradores, que además tenían "una edad avanzada".
"La declaración de la subdirectora de la oficina de Burela (...) y del director de dicha oficina resulta cuando menos sorprendente", argumenta el juez, al aludir que la primera "no recuerda ni a los actores ni ningún dato de la operación" mientras que el segundo reconoce que la firma de los demandantes no parece la que aparece en dos de los tres documentos firmados en el contrato. "De ahí que haya que concluirse que los demandantes no dispusieron en modo alguno de la información necesaria sobre el producto y sus riesgos", concluye el juez, que obliga a Novagalicia a pagar los 11.299 euros y los intereses correspondientes a la cantidad inicial de la demanda, de 50.000 euros desde 2003.
Fuente: La Opinión de A Coruña